Tramita tu

Autorización de trabajo por cuenta propia

Gestionamos toda la documentación para obtener

tu autorización de residencia de forma online y presencial.

Abogado autorización de trabajo por cuenta propia

¿Qué es la autorización de trabajo por cuenta propia?

La autorización de residencia de trabajo por cuenta propia permite a una persona extranjera mayor de edad residir legalmente en España y desarrollar una actividad económica de forma independiente.

Está dirigida a quienes desean trabajar como autónomos, ejercer una profesión, abrir un negocio, prestar servicios profesionales o desarrollar un proyecto empresarial propio.

Nuestro despacho se ocupa de la preparación y presentación del expediente en España y acompaña jurídicamente al cliente durante las distintas fases del procedimiento.

¿Quieres una residencia estable y definitiva con la ayuda de un abogado de extranjería?

Disponer de un abogado especializado en tramites de extranjería es fundamental para evitar errores y optimizar tiempo.

Preparar correctamente la documentación y presentar el expediente con las mayores garantías posibles. Cada caso requiere un estudio individualizado, ya que los requisitos pueden variar según la situación de la persona solicitante.

Desde nuestras sedes en Algeciras y Castellón y con asesoramiento online de extranjería  a clientes de cualquier provincia de España, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso de la autorización de trabajo por cuenta propia, resolviendo dudas, revisando la documentación necesaria y realizando el seguimiento del expediente hasta su resolución. Nuestro objetivo es ofrecer un servicio claro, transparente y de confianza, para que cada persona sepa en qué punto se encuentra su trámite y qué pasos debe seguir.

¿Quién puede solicitar una autorización de trabajo por cuenta propia?

La autorización inicial está dirigida principalmente a personas extranjeras que no residen en España y desean trasladarse al país para desarrollar una actividad profesional o empresarial independiente.

Con carácter general, será necesario:

  • Ser mayor de edad.
  • No ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • No encontrarse en situación irregular en España.
  • No tener antecedentes penales relevantes.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
  • No encontrarse dentro de un compromiso de no retorno vigente.
  • Cumplir los requisitos legales para ejercer la actividad.
  • Disponer de la experiencia o cualificación necesaria.
  • Acreditar una inversión adecuada para desarrollar el proyecto.
  • Abonar las tasas correspondientes.

Antes de iniciar el procedimiento revisamos la situación personal, profesional y migratoria del cliente.

También analizamos si la autorización inicial por cuenta propia es realmente la vía adecuada o si existe otro procedimiento más favorable.

La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia está planteada principalmente para personas extranjeras no residentes que inician el procedimiento a través de la Oficina Consular española correspondiente a su lugar de residencia. No obstante, una persona que ya se encuentra legalmente en España puede tener acceso a otros procedimientos de modificación hacia una autorización de trabajo por cuenta propia.

La vía dependerá de la autorización que tenga, del tiempo que lleve residiendo en España y de sus circunstancias personales.

Por este motivo, antes de iniciar cualquier trámite estudiamos:

  • La situación administrativa actual.
  • El tipo de autorización.
  • El tiempo de residencia o estancia.
  • La fecha de caducidad de la tarjeta.
  • La actividad que desea desarrollar.
  • La posibilidad de modificar la autorización desde España.

Cuando la normativa permite realizar el procedimiento desde España mediante representación, nuestro despacho prepara y presenta telemáticamente el expediente y realiza su seguimiento.

Desarrollar una actividad legalmente permitida

El proyecto deberá cumplir las mismas condiciones que se exigirían a una persona española para abrir y desarrollar esa actividad.

  • Licencia de actividad.
  • Comunicación previa.
  • Declaración responsable.
  • Autorización administrativa.
  • Registro profesional.
  • Permisos municipales.
  • Autorizaciones sanitarias.
  • Requisitos técnicos.
  • Colegiación profesional.

Las exigencias dependen del tipo de negocio, la actividad y el lugar donde se vaya a desarrollar.

Nuestro despacho revisa qué autorizaciones pueden resultar necesarias y organiza la documentación para acreditar la situación administrativa del proyecto.

Acreditar experiencia o cualificación profesional

Cuando la actividad requiere conocimientos especializados, será necesario acreditar que la persona dispone de experiencia o formación suficiente.

  • Títulos académicos.
  • Certificados profesionales.
  • Diplomas.
  • Formación especializada.
  • Certificados de experiencia laboral.
  • Cartas de empresas.
  • Contratos anteriores.
  • Vida laboral.
  • Homologación de estudios.
  • Reconocimiento profesional.
  • Colegiación.

Las profesiones reguladas pueden exigir requisitos adicionales antes de poder ejercerse en España.

Analizamos la actividad y comprobamos qué documentación profesional debe incorporarse al expediente.

Acreditar una inversión suficiente

La inversión es uno de los aspectos más importantes del procedimiento.

La normativa no establece una cantidad única aplicable a todos los negocios.

La inversión deberá ser adecuada para la actividad concreta que se pretende desarrollar.

No necesita la misma inversión una persona que prestará servicios profesionales desde un despacho que quien desea abrir un restaurante, adquirir maquinaria, alquilar un local o poner en marcha un comercio.

  • Gastos iniciales.
  • Equipamiento.
  • Herramientas.
  • Maquinaria.
  • Ordenadores.
  • Vehículos profesionales.
  • Alquiler de un local.
  • Fianzas.
  • Obras de adecuación.
  • Licencias.
  • Existencias.
  • Materiales.
  • Gastos de puesta en marcha.
  • Recursos disponibles.

Nuestro despacho revisa la inversión y comprueba que exista coherencia entre la actividad, las necesidades del proyecto y la documentación económica presentada.

No existe una cantidad mínima única que garantice la concesión. Una inversión elevada no compensa necesariamente un proyecto mal definido.

La normativa exige que la inversión sea suficiente para poner en marcha el proyecto. La valoración dependerá de las características de la actividad.

Del mismo modo, algunos servicios profesionales pueden requerir una inversión inicial más reducida si su funcionamiento no necesita local, maquinaria o grandes gastos de establecimiento.

Analizamos cada proyecto de forma individual y evitamos utilizar cifras genéricas que no se adapten a la actividad real.

No es obligatorio contratar trabajadores para obtener esta autorización.

La normativa permite valorar la creación de empleo, pero considera también el propio autoempleo generado por la actividad.

La contratación de otras personas puede reforzar determinados proyectos, pero no es un requisito obligatorio para todos los expedientes.

Lo importante es que el proyecto sea realista, viable y adecuado a las características de la actividad.

  1. Estudiamos la situación migratoria
  2. Analizamos la actividad
  3. Revisamos la viabilidad jurídica
  4. Preparamos el proyecto y la documentación
  5. Realizamos el seguimiento
  6. Asesoramos durante la obtención del visado
  7. Le acompañamos después de la llegada a España

El plazo máximo de resolución de la autorización es de tres meses, aunque el tiempo real puede variar.

Después deberá completarse la fase consular y la expedición del visado.

La autorización inicial tiene una duración de un año.

La renovación puede concederse por cuatro años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración.

La renovación puede presentarse durante los dos meses anteriores a la caducidad.

También puede tramitarse dentro de los tres meses posteriores, aunque pueden existir consecuencias por la presentación fuera de plazo.

Recomendamos revisar la situación con antelación.

La gestión jurídica, la preparación del expediente, la presentación y el seguimiento pueden realizarse a través de nuestro despacho.

El cliente únicamente deberá acudir personalmente a aquellos trámites en los que la ley exija su presencia, como la toma de huellas para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Cada historial migratorio es diferente. Las ausencias de España, los cambios de autorización, los periodos de estancia, los antecedentes, las renovaciones anteriores o la documentación extranjera pueden influir en el resultado.

Contar con un abogado permite estudiar el expediente antes de presentarlo, detectar posibles incidencias y preparar la solicitud de acuerdo con las circunstancias concretas del cliente. En nuestro despacho nos encargamos de todo el procedimiento para que el cliente tenga un único profesional de referencia y conozca en todo momento el estado de su expediente.

Solicita la autorización de trabajo por cuenta propia con asesoramiento profesional

Atendemos presencialmente en nuestras sedes en Algeciras y Castellón y gestionamos solicitudes online para clientes de cualquier lugar de España.

Nos encargamos de preparar la documentación, presentar la solicitud, controlar las notificaciones y realizar el seguimiento del expediente.

Deje su trámite en manos de un abogado de extranjería y afronte el procedimiento con la tranquilidad de contar con asesoramiento profesional desde el primer momento.

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