Tramita tu
Arraigo sociolaboral
Gestionamos toda la documentación para obtener
tu autorización de residencia de forma online y presencial.
¿Qué es el arraigo sociolaboral?
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a personas extranjeras que se encuentran en España, han permanecido de forma continuada durante al menos dos años y disponen de uno o varios contratos de trabajo.
Para acceder al arraigo sociolaboral, el contrato o la suma de los contratos deberá representar una jornada mínima de 20 horas semanales y garantizar una remuneración conforme al SMI o al convenio colectivo aplicable, en proporción a la jornada trabajada.
Nuestro despacho se ocupa de la preparación y presentación del expediente en España y acompaña jurídicamente al cliente durante las distintas fases del procedimiento.
¿Quieres una residencia estable y definitiva con la ayuda de un abogado de extranjería?
Disponer de un abogado especializado en tramites de extranjería es fundamental para evitar errores y optimizar tiempo.
Preparar correctamente la documentación y presentar el expediente con las mayores garantías posibles. Cada caso requiere un estudio individualizado, ya que los requisitos pueden variar según la situación de la persona solicitante.
Desde nuestras sedes en Algeciras y Castellón y con asesoramiento online de extranjería a clientes de cualquier provincia de España, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso del arraigo sociolaboral, resolviendo dudas, revisando la documentación necesaria y realizando el seguimiento del expediente hasta su resolución. Nuestro objetivo es ofrecer un servicio claro, transparente y de confianza, para que cada persona sepa en qué punto se encuentra su trámite y qué pasos debe seguir.
¿Cuál es la diferencia entre el arraigo social y el arraigo sociolaboral?
Aunque sus nombres son similares, son autorizaciones diferentes.
El arraigo sociolaboral se basa principalmente en la existencia de uno o varios contratos de trabajo que cumplen las condiciones exigidas.
El arraigo social se basa en determinados vínculos con familiares extranjeros que tienen residencia legal en España o, cuando no existen esos vínculos, en un informe favorable de integración social. También requiere acreditar medios económicos.
Cuando la oportunidad laboral constituye el elemento principal del expediente, normalmente será necesario estudiar la modalidad de arraigo sociolaboral.
¿Cuáles son los requisitos del arraigo sociolaboral?
Permanencia continuada durante dos años
La persona debe acreditar que ha permanecido en España durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al inicio del procedimiento.
No superar el límite de ausencias
La continuidad de la permanencia puede verse afectada cuando han existido salidas prolongadas de España.
Disponer de uno o varios contratos de trabajo
El arraigo sociolaboral requiere uno o varios contratos que permitan acreditar una incorporación laboral real.
La suma de los contratos deberá representar una jornada mínima de 20 horas semanales.
Salario conforme al SMI o al convenio colectivo
El salario deberá respetar el Salario Mínimo Interprofesional o la cantidad establecida por el convenio colectivo cuando esta sea superior.
Empresa o empleador con capacidad económica
Extranjería también analizará a la persona o empresa que realiza la contratación.
Carecer de antecedentes penales relevantes
La normativa exige carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que se haya residido durante los cinco años anteriores, por hechos considerados delito conforme al ordenamiento español.
No ser solicitante de protección internacional
La persona no puede mantener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de iniciar el arraigo sociolaboral ni durante su tramitación.
¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España?
Actualmente se exige acreditar una permanencia continuada mínima de dos años inmediatamente anteriores al inicio del procedimiento.
Nuestro despacho revisa las fechas y las pruebas antes de preparar la solicitud.
¿Necesito tener un contrato de trabajo?
Sí.
El arraigo sociolaboral se basa en la existencia de uno o varios contratos que cumplen los requisitos laborales y de extranjería.
El contrato deberá estar firmado y respetar las condiciones de jornada, salario y duración correspondientes.
¿Cuántas horas debe tener el contrato?
El contrato o la suma de varios contratos deberá representar una jornada mínima de 20 horas semanales en cómputo global.
¿Necesito un contrato de jornada completa?
No.
No es obligatorio disponer de un contrato de 40 horas.
Un contrato de al menos 20 horas semanales puede cumplir el requisito cuando el salario y las demás condiciones son correctos.
¿Puede ser un contrato de media jornada?
Sí.
Un contrato de 20 horas puede resultar válido siempre que la remuneración respete el SMI o el convenio colectivo en proporción a la jornada.
¿Puedo utilizar dos contratos?
Sí.
Pueden utilizarse varios contratos cuando su suma alcanza la jornada mínima y se cumplen los requisitos de salario y duración.
También será necesario comprobar que cada empleador cumple sus obligaciones y dispone de capacidad económica.
¿Puedo tener varios empleadores?
Sí.
La normativa contempla la posibilidad de trabajar de forma parcial y simultánea para más de un empleador.
Los contratos pueden corresponder a una misma ocupación o a trabajos diferentes.
¿Puedo presentar dos contratos de diez horas?
Puede ser posible cuando la suma alcanza las 20 horas semanales y ambos contratos cumplen las condiciones salariales y laborales.
¿Puedo solicitarlo si he pedido asilo?
Dependerá del estado del procedimiento.
No puede mantenerse la condición de solicitante de protección internacional en el momento de iniciar el arraigo sociolaboral ni durante su tramitación.
¿Puedo trabajar mientras se tramita el arraigo sociolaboral?
Una vez que la solicitud ha sido admitida a trámite, la normativa vigente establece una habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena mientras se resuelve el procedimiento.
Esta situación deberá constar en la comunicación administrativa correspondiente.
¿Cuánto tarda el arraigo sociolaboral?
El plazo máximo previsto para resolver es de tres meses desde la entrada del expediente en el registro del órgano competente.
El tiempo real puede variar según:
- La provincia.
- La carga de trabajo de la Oficina de Extranjería.
- Las características del expediente.
- La documentación empresarial.
- La existencia de requerimientos.
¿Cuánto dura el arraigo sociolaboral?
La autorización inicial tiene una vigencia de un año.
Antes de su vencimiento estudiamos la situación laboral y determinamos qué procedimiento resulta más adecuado para mantener la residencia legal.
¿El arraigo sociolaboral permite trabajar en toda España?
La autorización de residencia por circunstancias excepcionales lleva asociada una autorización de trabajo sin limitación general de ámbito geográfico u ocupación durante su vigencia.
¿Cómo gestionamos el arraigo sociolaboral?
- Estudiamos el historial migratorio
- Organizamos las pruebas de permanencia
- Revisamos el contrato o los contratos
- Estudiamos a la empresa o al empleador
- Preparamos el expediente completo
- Gestionamos la presentación
- Controlamos las notificaciones
- Acompañamos al cliente hasta la resolución
¿Tendré que acudir personalmente a Extranjería?
La gestión jurídica, la preparación del expediente, la presentación y el seguimiento pueden realizarse a través de nuestro despacho.
El cliente únicamente deberá acudir personalmente a aquellos trámites en los que la ley exija su presencia, como la toma de huellas para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
¿Por qué contar con un abogado para solicitar el arraigo sociolaboral?
Cada historial migratorio es diferente. Las ausencias de España, los cambios de autorización, los periodos de estancia, los antecedentes, las renovaciones anteriores o la documentación extranjera pueden influir en el resultado.
Contar con un abogado permite estudiar el expediente antes de presentarlo, detectar posibles incidencias y preparar la solicitud de acuerdo con las circunstancias concretas del cliente. En nuestro despacho nos encargamos de todo el procedimiento para que el cliente tenga un único profesional de referencia y conozca en todo momento el estado de su expediente.
Solicita el arraigo sociolaboral con asesoramiento profesional
Atendemos presencialmente en nuestras sedes en Algeciras y Castellón y gestionamos solicitudes online para clientes de cualquier lugar de España.
Nos encargamos de preparar la documentación, presentar la solicitud, controlar las notificaciones y realizar el seguimiento del expediente.
Deje su trámite en manos de un abogado de extranjería y afronte el procedimiento con la tranquilidad de contar con asesoramiento profesional desde el primer momento.
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