Tramita tu
Arraigo de segunda oportunidad
Gestionamos toda la documentación para obtener
tu autorización de residencia de forma online y presencial.
¿Qué es el arraigo de segunda oportunidad?
El arraigo de segunda oportunidad es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales destinada a determinadas personas extranjeras que anteriormente fueron titulares de una autorización de residencia en España y no pudieron renovarla o prorrogarla.
No todas las pérdidas de residencia permiten acceder al arraigo de segunda oportunidad.
Nuestro despacho se ocupa de la preparación y presentación del expediente en España y acompaña jurídicamente al cliente durante las distintas fases del procedimiento.
¿Quieres una residencia estable y definitiva con la ayuda de un abogado de extranjería?
Disponer de un abogado especializado en tramites de extranjería es fundamental para evitar errores y optimizar tiempo.
Preparar correctamente la documentación y presentar el expediente con las mayores garantías posibles. Cada caso requiere un estudio individualizado, ya que los requisitos pueden variar según la situación de la persona solicitante.
Desde nuestras sedes en Algeciras y Castellón y con asesoramiento online de extranjería a clientes de cualquier provincia de España, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso del arraigo de segunda oportunidad, resolviendo dudas, revisando la documentación necesaria y realizando el seguimiento del expediente hasta su resolución. Nuestro objetivo es ofrecer un servicio claro, transparente y de confianza, para que cada persona sepa en qué punto se encuentra su trámite y qué pasos debe seguir.
¿Es solo para personas que ya fueron residentes legales?
Esta autorización reconoce que una persona puede haber residido legalmente, trabajado, estudiado, formado una familia o desarrollado su vida en España y, posteriormente, haber perdido su permiso por una dificultad administrativa o por no haber podido cumplir los requisitos de la renovación.
El arraigo de segunda oportunidad permite estudiar una nueva vía de regularización sin exigir necesariamente un contrato de trabajo, un informe de integración o vínculos familiares.
El elemento diferencial es haber sido titular recientemente de una autorización de residencia ordinaria que podía renovarse o prorrogarse.
¿Es una renovación de la antigua residencia?
No.
El arraigo de segunda oportunidad no reactiva la antigua autorización ni modifica retroactivamente la resolución anterior.
Se trata de una nueva autorización de residencia por circunstancias excepcionales. La diferencia es importante.
Una renovación continúa una autorización anterior, mientras que el arraigo de segunda oportunidad inicia una nueva situación de residencia basada en las circunstancias previstas por la normativa.
¿Quién puede obtener el arraigo de segunda oportunidad?
Esta autorización puede resultar adecuada para determinadas personas que:
- Tuvieron una autorización de residencia en España.
- La autorización no había sido concedida mediante un arraigo u otra circunstancia excepcional.
- La residencia anterior podía renovarse o prorrogarse.
- La autorización estuvo vigente dentro de los dos años anteriores.
- No pudieron realizar la renovación dentro del plazo.
- Recibieron una denegación por no cumplir alguno de los requisitos de renovación.
- Han permanecido de forma continuada en España.
- Cumplen los requisitos generales exigidos para las autorizaciones por arraigo.
¿Qué autorizaciones anteriores pueden permitir acceder a esta vía?
El arraigo de segunda oportunidad exige haber tenido una autorización de residencia que no hubiera sido concedida por circunstancias excepcionales y que pudiera renovarse o prorrogarse.
Dependiendo de las circunstancias, pueden estudiarse autorizaciones anteriores como:
- Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
- Residencia temporal no lucrativa.
- Residencia por reagrupación familiar.
- Otras autorizaciones ordinarias de residencia que pudieran renovarse o prorrogarse.
¿Sirve haber tenido una estancia por estudios?
La estancia por estudios no equivale jurídicamente a una autorización de residencia.
El arraigo de segunda oportunidad exige haber sido titular de una autorización de residencia y no únicamente de una autorización de estancia.
Por este motivo, haber tenido una tarjeta de estudiante no permite acceder automáticamente a esta modalidad.
Cuando una persona ha tenido una estancia por estudios, analizamos su historial para comprobar si posteriormente obtuvo una residencia o si existe otra vía de regularización más adecuada.
¿Sirve haber tenido anteriormente un arraigo?
Con carácter general, no.
La autorización anterior no puede haber sido concedida por circunstancias excepcionales.
Por tanto, una persona que únicamente fue titular de un arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar u otra autorización excepcional deberá estudiar otra vía.
No obstante, el historial completo puede incluir diferentes autorizaciones.
¿Cuáles son los requisitos del arraigo de segunda oportunidad?
Haber sido titular de una autorización de residencia
La persona debe haber tenido una autorización de residencia en España.
No será suficiente haber dispuesto únicamente de:
- Una estancia como turista.
- Una autorización de estancia por estudios.
- Un visado de corta duración.
- Una solicitud administrativa pendiente.
- Una tarjeta que nunca llegó a adquirir eficacia.
Haber tenido la residencia dentro de los dos años anteriores
La autorización anterior debe haber estado vigente dentro de los dos años inmediatamente anteriores al inicio del procedimiento.
Las fechas son especialmente importantes.
Que la autorización anterior pudiera renovarse o prorrogarse
La residencia perdida debe ser una autorización susceptible de renovación o prórroga.
No todas las autorizaciones tienen las mismas condiciones.
Que la residencia no se hubiera concedido por circunstancias excepcionales
La autorización anterior no puede proceder de una circunstancia excepcional.
Esto permite diferenciar el arraigo de segunda oportunidad de otras modalidades.
Que la renovación no se hubiera producido
Las instrucciones permiten acceder al arraigo de segunda oportunidad cuando la renovación o la prórroga no pudo realizarse por haberse superado el plazo o cuando fue denegada por falta de cumplimiento de los requisitos exigidos.
No haber perdido la residencia por determinadas causas de extinción
El arraigo de segunda oportunidad está pensado principalmente para situaciones en las que la residencia finalizó por el transcurso de su vigencia y no pudo renovarse.
Encontrarse en España
La persona debe encontrarse en territorio español en el momento de iniciar el procedimiento.
Haber permanecido de forma continuada durante al menos dos años
La normativa exige acreditar una permanencia continuada en España durante los dos años inmediatamente anteriores.
¿Cuánto tiempo se puede permanecer fuera de España?
Durante los dos años exigidos, las ausencias no pueden superar un total de 90 días naturales.
No ser solicitante de protección internacional
La persona no puede mantener la condición de solicitante de protección internacional cuando se inicia el procedimiento ni durante su tramitación.
No disponer de otra autorización vigente
La persona no debe ser titular de otra autorización de estancia o residencia.
El arraigo está dirigido a personas que necesitan recuperar una situación de residencia legal.
Carecer de antecedentes penales relevantes
Será necesario carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido durante los últimos cinco años por hechos considerados delito conforme al ordenamiento español.
No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública
La Administración analizará las circunstancias relacionadas con el orden público, la seguridad y la salud pública.
No encontrarse dentro de un compromiso de no retorno
Cuando la persona participó en determinados programas de retorno voluntario, puede existir un periodo durante el que no puede regresar o solicitar una nueva autorización.
¿Es necesario tener un contrato de trabajo?
No.
El contrato de trabajo no es un requisito específico del arraigo de segunda oportunidad.
¿Es necesario acreditar medios económicos?
El arraigo de segunda oportunidad no establece un requisito específico general basado en disponer de una determinada cantidad de ingresos, ahorros o medios económicos.
No obstante, la situación económica y laboral puede ser relevante para planificar la continuidad de la residencia una vez finalice el año de autorización.
¿Cuánto tarda el arraigo de segunda oportunidad?
El plazo máximo previsto para resolver es de tres meses desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.
El tiempo real puede variar según la Oficina de Extranjería y las características del expediente.
Cuando transcurre el plazo sin una resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.
¿El arraigo de segunda oportunidad permite trabajar?
Sí. La concesión lleva asociada una autorización para trabajar:
¿Cuánto dura el arraigo de segunda oportunidad?
La autorización inicial tiene una duración de un año.
¿Cómo gestionamos el arraigo de segunda oportunidad?
- Estudiamos el historial migratorio
- Analizamos por qué se perdió la residencia
- Comprobamos el periodo de dos años
- Analizamos las entradas y salidas
- Revisamos los antecedentes y documentos extranjeros
- Preparamos el expediente completo
- Dirigimos la tramitación
- Controlamos las notificaciones
- Acompañamos al cliente hasta la resolución.
¿Tendré que acudir personalmente a Extranjería?
La gestión jurídica, la preparación del expediente, la presentación y el seguimiento pueden realizarse a través de nuestro despacho.
El cliente únicamente deberá acudir personalmente a aquellos trámites en los que la ley exija su presencia, como la toma de huellas para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
¿Por qué contar con un abogado para solicitar el arraigo de segunda oportunidad?
Cada historial migratorio es diferente. Las ausencias de España, los cambios de autorización, los periodos de estancia, los antecedentes, las renovaciones anteriores o la documentación extranjera pueden influir en el resultado.
Contar con un abogado permite estudiar el expediente antes de presentarlo, detectar posibles incidencias y preparar la solicitud de acuerdo con las circunstancias concretas del cliente. En nuestro despacho nos encargamos de todo el procedimiento para que el cliente tenga un único profesional de referencia y conozca en todo momento el estado de su expediente.
Solicita el arraigo de segunda oportunidad con asesoramiento profesional
Atendemos presencialmente en nuestras sedes en Algeciras y Castellón y gestionamos solicitudes online para clientes de cualquier lugar de España.
Nos encargamos de preparar la documentación, presentar la solicitud, controlar las notificaciones y realizar el seguimiento del expediente.
Deje su trámite en manos de un abogado de extranjería y afronte el procedimiento con la tranquilidad de contar con asesoramiento profesional desde el primer momento.
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