Tramita tu

Arraigo socioformativo

Gestionamos toda la documentación para obtener

tu autorización de residencia de forma online y presencial.

Abogado extranjería arraigo socioformativo

¿Qué es el arraigo socioformativo?

El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a determinadas personas extranjeras que se encuentran en España, han permanecido de forma continuada durante al menos dos años y están matriculadas, cursando o han solicitado la admisión en una de las formaciones reconocidas por la normativa.

La finalidad de esta autorización es favorecer la integración social y profesional mediante la formación.

Nuestro despacho se ocupa de la preparación y presentación del expediente en España y acompaña jurídicamente al cliente durante las distintas fases del procedimiento.

¿Quieres una residencia estable y definitiva con la ayuda de un abogado de extranjería?

Disponer de un abogado especializado en tramites de extranjería es fundamental para evitar errores y optimizar tiempo.

Preparar correctamente la documentación y presentar el expediente con las mayores garantías posibles. Cada caso requiere un estudio individualizado, ya que los requisitos pueden variar según la situación de la persona solicitante.

Desde nuestras sedes en Algeciras y Castellón y con asesoramiento online de extranjería  a clientes de cualquier provincia de España, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso del arraigo socioformativo, resolviendo dudas, revisando la documentación necesaria y realizando el seguimiento del expediente hasta su resolución. Nuestro objetivo es ofrecer un servicio claro, transparente y de confianza, para que cada persona sepa en qué punto se encuentra su trámite y qué pasos debe seguir.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el arraigo socioformativo?

Haber permanecido en España durante al menos dos años

Será necesario acreditar una permanencia continuada en España durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio del procedimiento.

  • Certificados históricos de empadronamiento.
  • Documentación sanitaria.
  • Consultas realizadas en centros de salud.
  • Informes médicos.
  • Hospitalizaciones.
  • Documentación municipal.
  • Documentos de organismos autonómicos.
  • Solicitudes ante administraciones públicas.
  • Cursos realizados.
  • Documentación educativa.
  • Informes de servicios sociales.
  • Certificados emitidos por organismos públicos.

Revisar las posibles salidas de España

Las entradas y salidas pueden afectar al requisito de permanencia continuada.

No ser solicitante de protección internacional

La persona no puede mantener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de iniciar el procedimiento ni durante la tramitación del arraigo socioformativo.

Carecer de antecedentes penales relevantes

Será necesario carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que se haya residido durante los cinco años anteriores a la entrada en territorio español por hechos considerados delito conforme a la legislación española.

Disponer de un informe favorable de integración social

El informe de integración social es un requisito del arraigo socioformativo.

Debe ser emitido por la comunidad autónoma correspondiente al domicilio habitual o, cuando exista la habilitación prevista, por el ayuntamiento competente.

Estar matriculado, cursando o admitido en una formación válida

No cualquier curso permite obtener un arraigo socioformativo. Será necesario que la formación esté incluida entre las modalidades reconocidas por la normativa.

Bachillerato

Los estudios de Bachillerato forman parte de la educación secundaria postobligatoria y pueden permitir acceder al arraigo socioformativo cuando se realizan en un centro autorizado y cumplen los requisitos establecidos.

Ciclos formativos de Grado Medio

Los ciclos de Formación Profesional de Grado Medio se encuentran entre las formaciones admitidas.

Será necesario comprobar la matrícula, la modalidad y las características del centro.

Ciclos formativos de Grado Básico

Determinadas enseñanzas de Formación Profesional de Grado Básico se incluyen dentro de la educación obligatoria para personas adultas y pueden permitir el acceso al arraigo socioformativo.

Certificados profesionales de Grado C

Pueden admitirse formaciones completas dirigidas a obtener certificados profesionales de Grado C en los niveles:

  • Nivel 1.
  • Nivel 2.
  • Nivel 3.

Es importante comprobar que la formación corresponde realmente a una oferta reconocida del sistema de Formación Profesional.

No todos los cursos que utilizan expresiones como “certificado profesional” tienen necesariamente la misma validez administrativa.

Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo

También puede utilizarse una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo cuando esté orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.

En estos casos puede asumirse inicialmente un compromiso de realizar la formación. Posteriormente será necesario acreditar la matrícula.

No.

El arraigo socioformativo no exige disponer de un contrato para acceder a la autorización.

El elemento principal es la formación, junto con la permanencia continuada, el informe de integración y el cumplimiento de los demás requisitos.

Sí.

La autorización permite trabajar por cuenta ajena hasta un máximo de 30 horas semanales en cómputo global.

No con la autorización de arraigo socioformativo.

La normativa establece un máximo de 30 horas semanales de trabajo por cuenta ajena.

Puede ser posible siempre que la suma global de las jornadas no supere las 30 horas semanales y se respeten las condiciones laborales aplicables.

Antes de iniciar una segunda actividad analizamos los contratos y las jornadas.

El plazo máximo previsto para resolver es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.

Cuando transcurre este periodo sin resolución expresa, el silencio administrativo es desestimatorio.

La autorización inicial tiene una duración de un año.

Durante este periodo será necesario cumplir las condiciones de la formación y respetar los requisitos de la autorización.

Sí. La prórroga dependerá de la situación académica.

En determinados ciclos será necesario acreditar mediante un informe del centro que se ha promocionado al segundo curso.

Cuando la formación ha finalizado antes del vencimiento, puede exigirse el título o certificado obtenido y acreditar una situación de búsqueda activa de empleo y la inscripción en el servicio público de empleo.

Después de finalizar la formación analizamos la situación laboral y personal para determinar la vía más adecuada.

Puede estudiarse una modificación hacia una autorización de residencia y trabajo cuando se cumplen los requisitos establecidos.

La obtención del título no convierte automáticamente el arraigo socioformativo en otro permiso.

  1. Estudiamos la situación migratoria
  2. Revisamos las pruebas de permanencia
  3. Estudiamos la formación
  4. Asesoramos sobre el informe de integración
  5. Preparamos toda la documentación
  6. Dirigimos la tramitación
  7. Controlamos las notificaciones
  8. Acompañamos al cliente después de la concesión

La gestión jurídica, la preparación del expediente, la presentación y el seguimiento pueden realizarse a través de nuestro despacho.

El cliente únicamente deberá acudir personalmente a aquellos trámites en los que la ley exija su presencia, como la toma de huellas para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Cada historial migratorio es diferente. Las ausencias de España, los cambios de autorización, los periodos de estancia, los antecedentes, las renovaciones anteriores o la documentación extranjera pueden influir en el resultado.

Contar con un abogado permite estudiar el expediente antes de presentarlo, detectar posibles incidencias y preparar la solicitud de acuerdo con las circunstancias concretas del cliente. En nuestro despacho nos encargamos de todo el procedimiento para que el cliente tenga un único profesional de referencia y conozca en todo momento el estado de su expediente.

Solicita el arraigo socioformativo con asesoramiento profesional

Atendemos presencialmente en nuestras sedes en Algeciras y Castellón y gestionamos solicitudes online para clientes de cualquier lugar de España.

Nos encargamos de preparar la documentación, presentar la solicitud, controlar las notificaciones y realizar el seguimiento del expediente.

Deje su trámite en manos de un abogado de extranjería y afronte el procedimiento con la tranquilidad de contar con asesoramiento profesional desde el primer momento.

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