Tramita tu

Autorización de trabajo
por cuenta ajena

Gestionamos toda la documentación para obtener

tu autorización de residencia de forma online y presencial.

Abogado autorización de trabajo por cuenta ajena

¿Qué es la autorización de trabajo por cuenta ajena?

La autorización de trabajo por cuenta ajena permite que una persona extranjera resida legalmente en España y trabaje como empleado para una empresa, empresario o empleador.

La persona trabajadora presta sus servicios para una empresa o empleador a cambio de una remuneración y bajo las condiciones establecidas en un contrato de trabajo. La autorización está dirigida principalmente a personas extranjeras que se encuentran fuera de España y han recibido una oferta de empleo de una empresa española.

Nuestro despacho se ocupa de la preparación y presentación del expediente en España y acompaña jurídicamente al cliente durante las distintas fases del procedimiento.

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Disponer de un abogado especializado en tramites de extranjería es fundamental para evitar errores y optimizar tiempo.

Preparar correctamente la documentación y presentar el expediente con las mayores garantías posibles. Cada caso requiere un estudio individualizado, ya que los requisitos pueden variar según la situación de la persona solicitante.

Desde nuestras sedes en Algeciras y Castellón y con asesoramiento online de extranjería  a clientes de cualquier provincia de España, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso de la autorización de trabajo por cuenta ajena, resolviendo dudas, revisando la documentación necesaria y realizando el seguimiento del expediente hasta su resolución. Nuestro objetivo es ofrecer un servicio claro, transparente y de confianza, para que cada persona sepa en qué punto se encuentra su trámite y qué pasos debe seguir.

¿Quién solicita la autorización de trabajo por cuenta ajena?

En la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, la solicitud corresponde al empleador o a la empresa que desea contratar a la persona extranjera.

Nuestro despacho coordina la documentación de ambas partes y gestiona el procedimiento en representación del empleador cuando se formaliza la autorización correspondiente.

La autorización inicial está dirigida a personas extranjeras que desean trabajar legalmente en España mediante un contrato laboral. Será necesario:

  • Tener más de 16 años.
  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • No encontrarse en situación irregular en España.
  • Carecer de antecedentes penales relevantes.
  • No figurar como persona rechazable.
  • No encontrarse dentro de un compromiso de no retorno vigente.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Disponer de la formación o cualificación necesaria.
  • Contar con una oferta y un contrato que cumplan la normativa.
  • Que la empresa reúna los requisitos económicos y administrativos.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación o exista una excepción aplicable.

La nacionalidad, el país de residencia, el tipo de empleo, la situación migratoria y la relación existente con España pueden modificar los requisitos o abrir otras vías de autorización. Cada caso debe revisarse individualmente.

La autorización inicial ordinaria está prevista principalmente para la contratación de una persona extranjera que reside en otro país.

El procedimiento comienza en España mediante la solicitud presentada por la empresa y continúa posteriormente ante el consulado español correspondiente.

Cuando la persona ya se encuentra en España, será necesario estudiar qué autorización tiene.

Pueden existir procedimientos específicos para:

  • Personas con autorización de estancia por estudios.
  • Personas con una autorización de residencia.
  • Personas titulares de determinados permisos que permiten una modificación.
  • Personas que cumplen los requisitos de alguna modalidad de arraigo.
  • Personas con visado de búsqueda de empleo.
  • Personas que se encuentran en otras situaciones previstas por la normativa.

 

Tener una oferta de trabajo no permite, por sí solo, regularizar cualquier situación administrativa.

Antes de iniciar el procedimiento comprobamos la situación legal y determinamos qué vía puede resultar adecuada.

Estar correctamente constituido y registrado

La empresa deberá acreditar su existencia y la identidad de la persona que actúa en su representación.

Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

La empresa debe encontrarse inscrita en la Seguridad Social y cumplir sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Disponer de medios económicos suficientes

La empresa deberá acreditar que cuenta con recursos suficientes para desarrollar su actividad y asumir las obligaciones económicas derivadas del contrato.

Solvencia de un empleador particular

Cuando quien contrata es una persona física, además del salario deberá acreditar que conserva recursos suficientes para sus necesidades y las de su familia.

Existencia de una necesidad real de contratación

La empresa deberá justificar la necesidad del puesto.

Contrato firmado por ambas partes

La empresa y la persona trabajadora deberán firmar un contrato que garantice actividad laboral durante el periodo correspondiente a la autorización.

 

Será necesario completar las fases administrativas y realizar el alta correspondiente en la Seguridad Social.

Cuando el contrato sea a tiempo parcial, la retribución total deberá alcanzar al menos el Salario Mínimo Interprofesional correspondiente a una jornada completa en cómputo anual. Por este motivo, no todos los contratos parciales permiten tramitar una autorización inicial.

No es obligatorio que todos los contratos sean indefinidos.

La autorización inicial tendrá una duración relacionada con la actividad laboral prevista, con un máximo general de un año.

Será necesario comprobar que el contrato garantiza actividad continuada durante el periodo correspondiente.

El plazo máximo previsto para que Extranjería resuelva la solicitud es de tres meses.

Cuando transcurre este periodo sin resolución expresa, la solicitud inicial puede entenderse desestimada por silencio administrativo. El tiempo real puede variar

Después de la resolución favorable deberá completarse la fase del visado.

La oficina consular dispone de su propio procedimiento y plazo.

Después de la resolución favorable deberá completarse la fase del visado. La oficina consular dispone de su propio procedimiento y plazo.

Nuestro despacho realiza el seguimiento y mantiene informados a la empresa y al trabajador.

  1. Estudiamos la situación del trabajador
  2. Analizamos a la empresa
  3. Estudiamos la situación nacional de empleo
  4. Revisamos el contrato
  5. Preparamos el expediente
  6. Presentamos la solicitud
  7. Gestionamos las notificaciones
  8. Asesoramos durante la solicitud del visado
  9. Acompañamos hasta la entrada en España
  10. Alta en la Seguridad Social y solicitud de la TIE

Después del alta, cuando corresponda, la persona deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Informamos al cliente sobre la documentación y los plazos necesarios.

La gestión jurídica, la preparación del expediente, la presentación y el seguimiento pueden realizarse a través de nuestro despacho.

El cliente únicamente deberá acudir personalmente a aquellos trámites en los que la ley exija su presencia, como la toma de huellas para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Cada historial migratorio es diferente. Las ausencias de España, los cambios de autorización, los periodos de estancia, los antecedentes, las renovaciones anteriores o la documentación extranjera pueden influir en el resultado.

Contar con un abogado permite estudiar el expediente antes de presentarlo, detectar posibles incidencias y preparar la solicitud de acuerdo con las circunstancias concretas del cliente. En nuestro despacho nos encargamos de todo el procedimiento para que el cliente tenga un único profesional de referencia y conozca en todo momento el estado de su expediente.

Solicita la autorización de trabajo por cuenta ajena con asesoramiento profesional

Atendemos presencialmente en nuestras sedes en Algeciras y Castellón y gestionamos solicitudes online para clientes de cualquier lugar de España.

Nos encargamos de preparar la documentación, presentar la solicitud, controlar las notificaciones y realizar el seguimiento del expediente.

Deje su trámite en manos de un abogado de extranjería y afronte el procedimiento con la tranquilidad de contar con asesoramiento profesional desde el primer momento.

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    Autorización de trabajo por cuenta ajena

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